Control de velocidad automático, Juan Diego Quirós Delgado, profesional en Derecho
Con gran preocupación la población está viendo como se establecen boletas de tránsito por violación del límite de velocidad con cámaras automáticas, mismas que por ser repetitivas ascienden a sumas millonarias y confiscatorias. Pero cabe hacer una reflexión sobre esta nueva modalidad de recaudación de dinero de parte de la Administración.
1. Se modificó el límite de velocidad.
El límite de velocidad fue bajado a 60 km/hr en las autopistas, anteriormente estaban en 90 km/hr, esto denota una malicia de parte de la administración, ya que los límites en toda la autopista están más elevados, se cambian abruptamente. Estos se modificaron a puro antojo a petición del Director de la Policía de Tránsito sin un estudio técnico que lo respalde, según lo indica LANMANE.
2. Se está notificando incorrectamente.
La notificación pública en periódicos de circulación nacional no está cumpliendo con lo indicado en la Ley de Notificaciones Judiciales, misma que debe observar la Administración, dejando en estado de indefensión a los conductores. Se debe notar que la primer notificación debe ser personal o en su lugar de trabajo o domicilio.
3. Los medios para observar la prueba no son los idóneos.
La prueba disponible para poder realizar una defensa adecuada no está al alcance de los infractores, no permitiendoles una adecuada defensa técnica.
4. Los medios y lugares para enviar y recibir la defensa no son los adecuados
No hay medios adecuados como correos electrónicos, páginas web, fax, oficinas administrativas u otros medios para poder presentar la defensa.
Todo esto indica que se está violando el debido proceso, el Principio de Legalidad e incurriendo en vicios de inconstitucionalidad, pero las personas se están centrando en defender lo indefendible, como: es que no sabía, mi vehículo tiene el velocímetro dañado, nadie me entrego el parte; mismos que se caen en una adecuada defensa.
Más bien la defensa debería estar orientada a atacar lo indicado.
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